Contrato de Trabajo Eventual por Circunstancias de Producción
Objetivo
Cuando las circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos así lo exigieran, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.
Requisitos de la Empresa
Por convenio colectivo se podrán determinar las actividades en las que puedan contratarse trabajadores eventuales, así como fijar criterios generales relativos a la adecuada relación entre el volumen de esta modalidad contractual y la plantilla total de la empresa.
Requisitos del Trabajador
Ninguno
Forma
Por escrito. Se indicará con precisión la causa que lo justifique. Si la duración es igual o inferior a 4 semanas no será precisa la forma escrita.
Registro en el INEM
Si. Si es por escrito, en caso contrario basta con la comunicación.
Periodo de Prueba
En defecto de pacto en convenio colectivo, no podrá exceder de 6 meses para los técnicos titulados y, para los demás trabajadores, de 2 meses en empresas de 25 o más trabajadores y de 3 meses en las de menos de 25.
Duración y Prorrogas
Máximo 6 meses, dentro de un periodo de 12 meses contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Por convenio colectivo sectorial podrán modificarse la duración máxima de estos contratos. En tal supuesto, el periodo máximo dentro del cual se pudran realizar será de 18 meses, no pudiendo superar la duración del contrato las tres cuartas partes del periodo de referencia establecido.
Finalización
Los contratos celebrados por un tiempo inferior a 6 meses y no prorrogados se entenderán prorrogados tácitamente has dicho plazo si no ha mediada denuncia. Si la duración es superior al año, la parte denunciante deberá notificar su deseo a la otra con una antelación mínima de 15 días.
Para ampliar esta información inicial de una forma más exhaustiva, pulse aquí.